lunes, 27 de agosto de 2012

REGLAMENTO DE LA LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD


Reglamento


Durante el 2011 se desarrollaron en Venezuela dos momentos históricos: Encuentros Estadales de Discusión y la Jornada Nacional Argumentativa con la finalidad de dar vida a la construcción participativa y protagónica de la Propuesta de Reglamento de la Ley para las Personas con Discapacidad, que es un compendio estructurado de artículos que garantizará luego de su consulta y aprobación pública en los 24 estados del país, la justicia e igualdad social para las personas con Discapacidad.

Aspectos Resaltantes
Artículo 3
Se aclara el enfoque social de la definición de discapacidad centrado en las potencialidades humanas y sus elementos fundamentales: limitación para el desarrollo de actividades y restricción para la interacción social
Artículos 4,5,6
Se definen los términos de clasificación, calificación y certificación
Artículo 9
Se establece la necesidad de determinación de los criterios de Priorización para la atención preferencial en el disfrute de los beneficios sociales.
Artículo 12
Se orienta la creación de Centros de Habilitación y Rehabilitación para la atención integral.
Artículo 14
Se faculta al Conapdis para solicitar a los estados, municipios, empresas públicas, privadas o mixtas y demás instituciones o fundaciones, la contratación de guías, cuidadores, cuidadoras, traductores, traductoras e intérpretes de lengua de señas venezolana
Artículo 16
Estructura, Organización y Funcionamiento de los Comités Comunitarios de Personas con Discapacidad.
Artículo 21
Se crean los Centros de atención y cuidado diario para las Personas con Discapacidad con alto grado de dependencia
Artículo 22
Se orienta la creación de los programas de formación de asistentes y cuidadores de Personas con Discapacidad en situación de dependencia.
Artículo 26, 31 y 28
Se promueve la creación de nuevas carreras de pre-grado, postgrado, diplomados, cursos, entre otros; en materia de discapacidad, así como la implementación de mecanismo tecnológicos que faciliten el desempeño educativo y escuelas para familiares y representantes de personas con discapacidad.
Artículo 36 y 37
Se garantiza el 5% de asientos preferenciales para Personas con Discapacidad en eventos y espacios culturales y recreativos y su promoción en el marco de la Recreación para el Vivir Bien.
Artículo 39
Se promueve la coordinación de estrategias para la práctica deportiva, con el fin de lograr el desarrollo personal y la integración social y familiar de las personas con discapacidad
Artículo 46
Se establecen los mecanismos para la adecuación de cargos y modalidades de empleo.
Artículo 27, 29, 30, 72
Se establece la obligación de formulación presupuestaria a las instituciones y organizaciones para el cumplimiento de las políticas en materia de discapacidad.
Artículo 39
Se precisan las estrategias para la práctica deportiva.
Artículo 49
Se detalla el proceso de inserción y reinserción laboral.
Artículo 52
Se crean los mecanismos de supervisión permanente conjunta para verificar el cumplimiento de inserción y reinserción laboral de las personas con discapacidad.
Artículo 73 al 79
Se define la conformación y funcionamiento del Sistema Nacional de Atención Integral a las Personas con Discapacidad.
A lo largo del Proyecto.
Se establecen los mecanismos para la materialización de las políticas de prevención social.

Proyecto Participativo Parcial de Reglamento de la Ley para las Personas con Discapacidad.

Aspectos a Considerar para la Realización de Aportes al Proyecto Participativo de Reglamento de la Ley para las Personas con Discapacidad:

Es de suma importancia hacer del conocimiento de la población, la necesidad de comprender que las Leyes son aquellos cuerpos normativos elaborados por el poder Legislativo y los reglamentos son instrumentos normativos creados por el Poder Ejecutivo, que desarrollan o amplían lo establecido en las leyes, precisando mecanismos específicos para su eficaz cumplimiento, en tal sentido: La Ley es el ¿Qué? y el Reglamento es el ¿Cómo?
En estricto apego al artículo 88 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; presentamos el contexto en el cual deben basarse las propuestas del Pueblo en su proceso de heroica creación, mediante el ejercicio del Derecho a la Participación Popular que dio vida a dicho proyecto de instrumento normativo.
  •    “Los reglamentos no podrán regular materias objeto de reserva de Ley” ( esto quiere decir que aquellas situaciones cuya regulación o desarrollo esté estrictamente reservada a la Ley y no a otra clase de instrumento jurídico, no deben ser contempladas en un reglamento, por ejemplo cuando se establece: La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de..
  •    “Los reglamentos no podrán infringir normas con dicho rango (rango de Ley), sin perjuicio de su función de desarrollo colaboración con respecto a la Ley”,
  •    “Los reglamentos no podrán tipificar delitos, faltas o infracciones administrativas, establecer penas o sanciones, así como tributos, cargas u otros cánones o prestaciones patrimoniales de carácter público”...
No es necesario, ni posible, en un reglamento, incurrir en repeticiones sobre aspectos ya contemplados en la Ley, salvo que se pretenda desarrollar o ampliar lo ya contemplado, establecer un mecanismo para el óptimo cumplimiento de la Ley. Este no debe contemplar bajo ningún concepto sanciones o penalidades de ningún tipo.
Es importante resaltar que las conductas o situaciones penalizadas y su respectiva sanción, se encuentran previstas en los artículos 81 al 89 de la Ley para las Personas con Discapacidad, la cual prevee de igual manera, el Procedimiento Administrativo Sancionatorio a aplicar, en los artículos 90 al 96.
En aras de potenciar la participación de los sujetos de atención en el diseño y ejecución de las políticas destinadas a cada uno de ellos, así como coadyuvar en la elaboración de instrumentos normativos, que impriman dinamismo a las leyes que regulan la materia de discapacidad, se desarrollaron durante el año 2011; los Encuentros Estadales de Discusión y la Jornada Nacional Argumentativa, para la construcción participativa de la Propuesta de Reglamento de la Ley para las Personas con Discapacidad.
En dichos espacios, en torno a metodologías de construcción colectiva y con apoyo del Parlamento Nacional en el entendido de redacción y técnica legislativa, se dio vida a un compendio estructurado en artículos que constituyen mecanismos eficaces, desarrollan los preceptos establecidos en dicha Ley y tienen sus cimientos en el análisis directo y protagónico, generado por el sujeto histórico por excelencia, bajo las premisas de humanismo social y corresponsabilidad que caracterizan a la gestión Revolucionaria, aperturando paradigmas que hoy ameritan la Entrega de la Heroica Creación, a las instancias correspondientes, como bandera para el avance, de conformidad con el marco jurídico emancipador.
















domingo, 15 de abril de 2012

Sobre la terapia Biónica


Terapia biónica y robótica revierte discapacidad en pacientes con Parkinson
9 de Abril, 2012
Medio millón de mexicanos padece enfermedad de Parkinson en distinto grado de evolución. Esta enfermedad es el trastorno neurodegenerativo más frecuente después del Alzheimer. Existen alternativas de rehabilitación para revertir discapacidades motoras asociadas.


A través de tecnología en rehabilitación biónica y robótica un paciente con enfermedad de Parkinson puede revertir el efecto de las discapacidades motoras generadas a partir de este padecimiento, tales como la perdida de equilibrio, falta de coordinación, problemas para caminar, rigidez y dificultad para hacer movimientos básicos como alimentarse o vestirse, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los pacientes al devolverles la independencia funcional perdida en diversos grados.

La terapia de rehabilitación biónica y robótica en un paciente con enfermedad de Parkinson incide de manera positiva sobre síntomas que le impiden moverse con independencia, expresa el doctor Pavel Loeza Magaña, coordinador del área de neurorehabilitación del Centro de Evaluación y Rehabilitación Biónica y Robótica Cerebro.

De acuerdo con la Secretaria de Salud actualmente alrededor de 500 mil mexicanos padecen esta enfermedad en distinto grado de evolución, siendo la segunda causa más frecuente de enfermedad neurodegenerativa después de la demencia de Alzheimer. Y en ocasiones suele presentarse en etapas productivas por lo que el desarrollo de la enfermedad eventualmente imposibilita la ejecución de una rutina laboral a quien la padece.

En un comunicado, el doctor Loeza Magaña, señala que los pacientes caen en un círculo vicioso psicológico que frena sus actividades diarias. Cerca del 80 por ciento de las personas con enfermedad de Parkinson padecen depresión pues su vida cambia radicalmente al perder funciones básicas que en los casos más avanzados de la enfermedad, pueden postrarlo en una silla de ruedas.

"Mediante la terapia biónica y robótica, el primer impacto ocurre a nivel psicológico pues el paciente recobra la consciencia de capacidades que ni siquiera recordaba. Al mostrarle que con la asistencia de equipo robotizado pueden moverse, coordinar el movimiento de sus brazos o mantener el equilibrio, tiene un golpe emocional positivo que lo motiva a esforzarse para superar la discapacidad" señala el especialista en neurorehabilitación.

Con los robots que se utilizan para la rehabilitación –apunta el doctor Loeza- el progreso del paciente se mide de forma cuantitativa, así los logros que se obtienen pueden evaluarse de manera exacta conociendo aspectos como aumento en la distancia de la marcha, rango de movimiento y control de extremidades.

Adicionalmente el centro cuenta con plataformas de equilibrio y vibración que contribuyen a que el paciente con Parkinson recupere la estabilidad al momento de caminar, agacharse o sentarse. Y en el Laboratorio de Análisis de Movimiento a través de la medición con cámaras infrarrojas y la creación de modelos tridimensionales de los pacientes, se puede hacer un estudio preciso del progreso en los rangos de movimiento de quienes se encuentran en rehabilitación

"El objetivo es alcanzar la independencia funcional de nuestros pacientes para que su calidad de vida mejore. Si bien no vamos a desaparecer la enfermedad de Parkinson, si el paciente ingresa a la terapia física en silla de ruedas probablemente podría llegar a caminar con bastón o andador. Si el paciente no puede comer por descoordinación en el brazo, podemos ayudar a reentrenar el movimiento para que una acción tan básica e importante como la de alimentarnos por nosotros mismos, vuelva realizarse", destaca el doctor Loeza Magaña, coordinador del área de neurorehabilitación de clínica Cerebro.

La terapia en clínica Cerebro –menciona el doctor Loeza Magaña- cuenta con tecnología de punta y es divertida pues gran parte de los ejercicios se realizan con juegos de video, es funcional, útil y en muchos casos reduce el tiempo de recuperación debido a que el trabajo con máquinas permite hacer varias repeticiones idénticas que ayudan al paciente a recordar y tener mayor consciencia del movimiento que realiza durante el proceso de rehabilitación.

La clínica Cerebro cuenta con una serie de dispositivos que ayudan a rehabilitar personas con enfermedad de Parkinson y otros problemas neurológicos como esclerosis múltiple, parálisis cerebral, enfermedad vascular cerebral, entre otras. El equipo que se utiliza para mejorar la coordinación fina son el brazo robótico y el robot de mano; en tanto que la pierna biónica y el robot de marcha ayudan a controlar y reeducar la capacidad de caminar.

Finalmente, el especialista agregó que la rehabilitación biónica y robótica coadyuva con el tratamiento médico prescrito por el especialista en neurología ya que la combinación de medicamentos aunado a la terapia física, potencializa los efectos para la mejora en el paciente, en especial si éste realiza sus ejercicios en los primeros 30 minutos de haber consumido su tratamiento farmacológico.

domingo, 8 de abril de 2012

Difusión de mensajes sobre discapacidad. Artículo 22 de la Ley para las personas con Discapacidad


Difusión de mensajes sobre discapacidad
Artículo 22. Los medios de difusión de prensa, radio y televisión, privados, oficiales y
comunitarios, en todo el territorio nacional, transmitirán y publicarán mensajes dirigidos a la
prevención de enfermedades y accidentes discapacitantes y la difusión de mensajes sobre
discapacidad, a requerimiento del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad,
según lo establecido en la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión. Asimismo,
se promoverán convenios para la difusión de proyectos y actividades relacionadas con la
discapacidad.
Se prohíbe cualquier programa, mensaje o texto en medios de comunicación que denigre o
atente contra la dignidad de las personas con discapacidad. Los medios de difusión y
comunicación deben usar los términos adecuados, contemplados en esta Ley y en
República Bolivariana de Venezuela Ley para las Personas con Discapacidad.

domingo, 25 de marzo de 2012

ENFERMEDADES DEL NUEVO MILENIO


14 Agosto 2007

Las 10 Enfermedades del Nuevo Milenio
Esta es una lista con 10 enfermedades y accidentes relacionados con las nuevas tecnologías, el uso y abuso de gadgets, el autor las ha llamado “las enfermedades del nuevo milenio”, un poco pronto para decir eso, pero sin duda son las enfermedades de este principio de siglo.
Veamos la lista, la traducción es un tanto libre.
1. Síndrome de la vibración fantasma:
Mucha gente tiene móvil y son muchos los que usan la función de vibración para “notar” que le están llamando, si te parece que el móvil vibra, pero no es así, padeces este síndrome. Parecido, o lo mismo, cuando amputan un miembro a alguien, que todavía lo siente, pero no está.
2. La postura del portátil:
Por culpa del abuso y una mala posición al sentarse, el uso de los portátiles pueden llegar a provocar daños en la parte baja de la espalda, dolores no solo musculares, también de los huesos. Hay que cuidarse más y controlar estos pequeños detalles, sentarse correctamente es la solución.
3. Adicción CrackBerry:
No he encontrado una traducción para CrackBerry, pero se refiere al uso de las BlackBerry o similares, gadgets que nos permiten conectarnos a internet para leer el correo, visitar blogs, etc… la adicción hace que el usuario sienta la necesidad de mirar cada poco tiempo su cuenta de correo, siente que alguien le ha podido enviar un email, también sucede con los smartphones, cada dos por tres a mirar el correo.
4. Insomnio Adolescente:
Muchos jóvenes duermen con los móviles debajo de la almohada y lo peor es que contestan a las llamadas y SMS, da lo mismo la hora que sea, esto provoca que interrumpan el sueño y la radiación del teléfono el insomnio, vigilen a sus hijos, por la noche el móvil apagado, es lo mejor.
5. Tensión ocular
Mirar fijamente una pantalla, ya sea de móvil, ordenador o lo que quieras, provoca tensión ocular, reseca los ojos y básicamente nos estropea la vista. Para evitar esto es bueno descansar la vista cada media hora de uso y realizar ejercicios (mirar objetos por detrás del monitor).
6. Mal del iPod
No es que sea una dolencia provocada por el iPod en exclusiva, pero este reproductor MP3 tuvo la fama de dejar sordos a muchos usuarios, en realidad la culpa era de ellos, por escuchar la música con el volumen al máximo. Siempre que usemos auriculares de botón (los que llevan todos los reproductores de MP3 de serie), el volumen debe ser moderado, que podamos escuchar el ruido de la calle y quienes estén cerca no escuchen lo que está sonando en nuestro reproductor. Esto también pasa en las discotecas y coches, usan unos niveles nada aconsejables y eso les llevará a tener sordera dentro de unos años.
7. Pulgar antigadgets.
El dedo pulgar tiene una función, pero no la de escribir mensajes con los móviles o similares. La repetición del movimiento que realizamos al usar estos gadgets provoca dolores en el dedo. En casos extremos llegar a tener parálisis en el pulgar.
8. Wiititis.
Posiblemente la más nueva de todas, el uso de la Wii puede provocar daños en los brazos (codos y muñecas) y hombros. Esto pasa por repetir muchas veces una acción, por ejemplo, jugar 4 horas seguidas al tenis con la Wii, ¿eres profesional? entonces descansa cada poco tiempo y sobre todo, sin abusos.
9. Baterías ardientes.
Esto más que una enfermedad es un accidente, solemos leer noticias sobre baterías que explotan o arden, sobre todo en portátiles, pero las de móvil también pueden salir ardiendo, esto está pasando, aunque no conozco ningún caso, la solución es usar baterías del fabricante del móvil y no las imitaciones, en España, ya lo he dicho, no he leido nada sobre el tema.
10. Relámpagos y el iPod.
Esto pasó en USA, un chico cortaba el césped tranquilamente cuando cayó un rayo cerca, la electricidad pasó al iPod (no se como) y por el cable del auricular al chico. Le quemó la cara, la ropa y se quedó sordo. Sin duda un accidente, cuando hay rayos no salir a la calle, sobre todo si caen cerca, eso lo sabemos desde niños.
La mayoría de dolencias o síntomas son por casos extremos, abusos sin control, eso no quiere decir que jugar con la Wii un rato al día provoque Wiititis o que mirar el correo un par de veces al día sea causa de una obsesión, pero nos debemos cuidar.
La solución a todos estos males es la misma, desconectar un poco, salir fuera (sin gadgets) y dejar la tecnología aparcada durante unos momentos.